¿Puedo mudarme durante el estado de alarma?, ¿cómo?

Publicado el 20 noviembre, 2020

El actual estado de alarma propuesto por el Gobierno a causa de la COVID-19 está generando una serie de interrogantes. En este sentido, el cambio de ciudad en estado de alarma debe seguir un protocolo riguroso.¿Y qué ocurre con las mudanzas o cambios de residencias de ciudad durante este periodo?

La primera recomendación que se debe hacer es la de “aplicar el sentido común” e intentar no producir la mudanza a no ser que sea estrictamente necesario. Por ello se ha de intentar demorar lo posible para elegir los momentos en los que las restricciones sean más leves. Ahora bien, siempre se producen casos en los que esto no es posible; por ejemplo, el vencimiento de un alquiler o cambios laborales o familiares.

Aunque estemos en un caso excepcional, siempre puede recurrirse a los artículos 9.1 y 10.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, según los cuales se puede solicitar una prórroga extraordinaria de hasta seis meses del alquiler. Además, también se puede acudir al artículo 7.1 del Código Civil, que ampara igualmente el derecho de prórroga en el caso de que no queramos cambiar de dirección.

¿Cómo procedemos a una mudanza interprovincial?
Debido a que cada municipio, provincia o comunidad posee sus propios confinamientos, en primer lugar, debe conocerse completamente el estado de la situación, tanto de la localidad de la que se sale como de aquella a la que se traslada. Si los perímetros de ambas se encuentran abiertos no supondrá ningún inconveniente. Ahora bien, si alguna se halla bajo restricciones habrá que atenerse, para el cambio de ciudad con COVID a lo que dice el Real Decreto-Ley 10/2020 del 29 de marzo.

En este anexo queda reflejada la movilidad a causa de motivos laborales por lo que se necesitaría un certificado de la empresa. Y, dado que las mudanzas en COVID las realizan compañías especializadas, estas sí que tienen el permiso, de facto, asegurado. Por lo tanto existirán más restricciones si lo que se quiere realizar es que los propios inquilinos se encarguen de llevar a cabo las mudanzas en estado de alarma por sí mismos. También están contemplados los casos de emergencia sanitaria, cuidado de ancianos o extrema necesidad.

Si la mudanza no requiriera el traslado de enseres, también es importante conocer que únicamente se permite un máximo de dos personas por coche. Asimismo, las mudanzas en COVID deben ir acompañadas de todos los documentos pertinentes que justifiquen el traslado.

Grupo Cariño

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Se ha recibido un incentivo de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA, de la Junta de Andalucía, por un importe de 3.250 euros, cofinanciado en un 80% por la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, FEDER, para la realización del proyecto "Business Intelligence" con el objetivo de “Garantizar un mejor uso de las tecnologías de la información”.

TRANSPORTES Y MUDANZAS CARIÑO S.A. ha sido beneficiaria del Fondo Europeo de Desarrollo Regional cuyo objetivo es mejorar la competitividad de las Pymes y gracias al cual ha puesto en marcha un Plan de Acción con el objetivo de mejorar su posicionamiento en mercados exteriores a través de la gestión de la marca para la internacionalización el año 2019-2020. Para ello ha contado con el apoyo del Programa GMI de la Cámara de Comercio de Granada.

“Cariño Servicios Empresariales ha sido beneficiaria del Fondo Europeo de Desarrollo Regional cuyo objetivo es mejorar el uso y la calidad de las tecnologías de la información y de las comunicaciones y el acceso a las mismas y gracias al que ha desarrollado una Auditoría de Análisis de Riesgos y Antivirus para la mejora de la competitividad y productividad de la empresa en mayo de 2021. Para ello ha contado con el apoyo del Programa Ciberseguridad de la Cámara de Comercio de Granada.” Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

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