Los cambios en las normas de tráfico que no sabías que entraban en 2019

Publicado el 15 enero, 2019

Estamos ya en 2019. Todo avanza y, como no podía ser de otra manera, las normas de tráfico también. El relajo de la Navidad queda atrás y toca volver a ponerse el día en todo lo referente a información y actualizaciones.

Puede que te hayas dormido en los laureles y no estés al tanto de cuáles son las normas de tráfico que van a entrar en vigor en este 2019. No te preocupes, desde Grupo Cariño vamos a hacer todo lo posible para que siempre estés al día sobre todo lo relacionado con el mundo del motor y del transporte.

En líneas generales, se puede decir que se encrudecen las multas y las sanciones. La normativa se hace más estricta buscando mejorar el campo de la seguridad vial.

Este 2019  habrá una modificación del Reglamento General de Circulación, en aplicación de la ley de seguridad vial aprobado por el real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia de permiso y licencia de conducción por puntos.

Así, La Dirección General de Tráfico ha anunciado que va a introducir modificaciones en el Reglamento General de Circulación, en materia de permiso y licencia de conducción por puntos.

-Comunicación telemática del saldo de puntos: se permite a las empresas conocer el saldo de los conductores que tienen contratados, y se elimina la obligación de que los trabajadores otorguen de forma expresa el consentimiento.

-Multas más altas por el uso del móvil al volante. Ya sea para hablar o para realizar cualquier otra acción, la sanción sube de 3 puntos y 200€ a 6 puntos y la misma cuantía. Queda, así, equiparada la sanción a conducir bajo los efectos del alcohol o de drogas, entre otras. Este cambio afecta, no obstante, sólo al uso del móvil. La manipulación de cualquier otro dispositivo electrónico, como puede ser el GPS, se mantiene 3 puntos y 200€.

-Endurecimiento de las multas por velocidad: este cambio entró en vigor el 2 de enero y está incluido en la modificación del Reglamento General de Circulación. Se considera una infracción grave circular a 80 km/hora en vías limitadas a 30 km/hora y supondrá una multa de 500 euros y seis puntos.

-Cinturón y casco: No llevar el cinturón de seguridad, el casco o no hacer uso del sistema de retención de seguridad será sancionado con 4 puntos (antes eran tres).

-Límites de velocidad: se equiparan los límites de velocidad en las carreteras convencionales. la limitación de velocidad en todas las vías convencionales a 90 km/hora para turismos y motos, y a 80 km/hora para camiones, furgonetas y autobuses.

-Curso de recuperación de puntos: se van a poder recuperar 8 puntos, en lugar de los 6 que se podían recuperar hasta ahora. Además, se va a premiar a conductores que hagan un curso de conducción segura dándoles 2 puntos más. Se van a hacer los cursos más prácticos y participativos. Este proyecto de orden ministerial se va a aprobar el 1 de julio 2019.

-Límite de velocidad en centros urbanos: Existe la posibilidad de aplicar en todos los centros urbanos la limitación de velocidad a 30 km/hora a todos los vehículos que circulen por calles que sólo tengan un carril y un sentido.

Grupo Cariño

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